DERECHOS
- Gozar de un buen estado de salud física y mental.
- Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud.
- Que le brinden información dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la inadecuada atención.
- Trato digno sin discriminación.
- Servicios en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
- Servicios continuos sin interrupción y de manera integral.
- Obtener información de su estado de salud, de los servicios y riesgos del tratamiento.
- Obtener información del concepto medico ocupacional otorgado por el médico laboral.
- Confidencialidad sobre su información clínica.
- La libre asociación para la defensa de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
- A ser incorporado y/o reubicado una vez terminados sus procesos de recuperación y/o rehabilitación.
DEBERES
- Procurar el cuidado integral de su salud, la de su familia y su comunidad.
- Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud para la atención medica.
- Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
- Respetar al personal de salud y cuidar las instalaciones donde le presten dichos servicios.
- Cumplir las normas y actuar de buena fe frente a los servicios ocupacionales prestados.
- Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa y asistir periódicamente a los programas de promoción y prevención adelantados por las Administradoras de Riesgos Laborales (modificado por la Ley 1562 de 2012, art. 27).